domingo, 8 de abril de 2012

Las obligaciones

Son el vínculo jurídico mediante el cual dos partes (acreedora y deudora) quedan ligadas, debiendo la parte deudora cumplir con una prestación objeto de la obligación. Dicha prestación puede consistir en dar, hacer o no hacer, teniendo que ser en los dos primeros casos posibles, lícitos y dentro del comercio. Los sujetos obligados, al igual que el objeto de la obligación, deberán estar determinados o ser determinables. entre sus fuentes estan la ley y la voluntad de las partes. Además entre sus clasificaciones se encuentran por su fuente, por la naturaleza de la prestación, por la pluralidad de objetos, por la pluralidad de sujetos, entre otros.



Las figuras o instituciones jurídicas contempladas como fuentes de obligaciones son tratadas en nuestro Código Civil en el Capítulo I del Título III del Libro Tercero, y son las siguientes:El contrato, la gestión de negocios, el pago de lo indebido, el enriquecimiento sin causa, el hecho ilícito y la Ley. Si bien nuestro Código Civil no hace referencia alguna de ella, debido a la circunstancia ya referida de que eliminó toda norma específica sobre clasificación de las fuentes, no hay duda alguna de que constituye una de las fuentes principales en nuestro Derecho, aun cuando no exista consagrada formalmente.
 
 
En este blog podrás encontrar  concepto, fundamento legal, entre otros, referentes a las fuentes de las obligaciones.